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Derechos sexuales y reproductivos

Casi desconocidos, estos derechos son reconocidos por la Organización Mundial de la Salud y forman parte de los Derechos Humanos. Toda mujer debería hacerlos respetar sobre sí misma y sobre todas las personas en general.

Los derechos sexuales y reproductivos forman parte de los Derechos Humanos y, en la década el ’70, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya se refería a los derechos relacionados con la salud sexual, englobando la salud reproductiva, porque se jerarquizaba el tema de las Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS) que siempre fueron un problema para las mujeres.

En estos últimos años la postura de la OMS “se dio vuelta” y cuando en 1994 se planteó en la Conferencia de Población y Desarrollo -que se llevó a cabo en El Cairo- que todos los países musulmanes tenían dificultades para hablar de los derechos sexuales, se pasó a hablar de los derechos reproductivos, ya que fueran éstos los que incluyeran a los derechos sexuales. Esto debería ser al revés.

Entre los derechos sexuales están incluidos los siguientes:

  • El derecho a decidir si se quiere tener o no relaciones sexuales -por ejemplo, una monja tiene derecho a decidir no tenerlas-.
  • El derecho a tenerlas solamente en las condiciones que uno elige, sin coerción.
  • El derecho a que no impliquen un riesgo para la salud -una mujer puede negarse a tener relaciones sexuales con su propio esposo si sabe que le ha sido infiel, el hombre no se quiere hacer el test de VIH-Sida y tampoco quiere usar preservativo-.
  • El derecho a que no haya placer con el cuerpo de la mujer sin consentimiento de ella –lo que incluye todo lo que es el abuso sexual, más allá de que sea con o sin penetración-.
  • El derecho a que no te hagan sobre tu cuerpo algo que te desagrada y que no consentís.
  • El derecho a elegir con quién tener relaciones sexuales -con personas del mismo sexo, de ambos sexos, etc.-.
  • El derecho a la identidad sexual –el poder optar por una identidad sexual distinta al sexo biológico, lo que incluye todas las posibilidades de la transexualidad-.

Los derechos sexuales cruzan directamente con otros derechos, como el derecho a la identidad y entre ellos debería estar subsumido el derecho a tener hijos o no, porque es posible querer tener relaciones sexuales y no querer tener hijos, o en algún momento no tenerlo, entonces ahí está el derecho al uso de los métodos anticonceptivos y el acceso a métodos de fertilización si la pareja tiene dificultades para lograr el embarazo.

En relación al embarazo no planificado:

  • El derecho a la educación sexual para desterrar mitos –como la idea errada de que en la primera relación no existe la posibilidad de un embarazo-
  • El derecho a conocer los métodos anticonceptivos.
  • El derecho a acceder a la anticoncepción hormonal de emergencia -para casos de violaciones y para las parejas que usan como método principal el preservativo masculino y en una relación éste se rompe-.
  • El derecho al aborto en los casos de violaciones o riesgo de vida, tal como indica la ley actual.

 

 

Asesoró: Mabel Bianco, médica y presidenta de la Fundación
para el Estudio e Investigación de la Mujer