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Obras sociales y prepagas deben cubrir parte de los gastos de alimentación de las personas con celiaquía

El Ministerio de Salud de la Nación determinó que obras sociales y prepagas deben cubrir un monto mensual de $215, que debe ser actualizado periódicamente, destinado a las personas con celiaquía en concepto de harinas y premezclas libres de gluten

Una dieta libre de gluten es el único tratamiento posible para las personas con celiaquía. Como el costo de estos alimentos libres de trigo, avena, cebada, centeno y sus derivados (TACC) es más elevado que los alimentos tradicionales, aquellas persona que sufren de celiaquía gastan en su alimentación mucho más dinero que otras.

Con el fin de brindar una respuesta a este problema, el Ministerio de Salud determinó que las obras sociales, medicinas prepagas y entidades que brinden servicios médico-asistenciales deberán cubrir un monto mensual de $215 para las personas con celiaquía -en la Argentina se calcula que hay alrededor de 500.000 personas con esta afección-, que deberá actualizarse periódicamente.

De todas maneras esta disposición tienen sus limitaciones:

  • Conforme a lo que dicta la resolución, enmarcada en la ley de celiaquía, este monto mensual estará destinado a cubrir solo las harinas y premezclas libres de gluten, es decir que no está considerado para cubrir todos los alimentos sin TACC.
  • Cada entidad podrá establecer las formas y modalidades de cumplimiento de la cobertura mencionada, o sea que las prestadoras de servicios de salud podrán decidir la manera en la que van a suministrar esta cobertura.


El monto de la cobertura fue decidido por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL)  en base a un estudio que cuenta con el aval de la Sociedad Argentina de Nutrición, en el que se indicó el consumo recomendado, por día y por persona, de harinas libres de gluten y de premezclas para elaborar alimentos libres de gluten, en base a un plan de alimentación diario en el que se eliminó totalmente el consumo de trigo, avena, cebada, centeno, sus derivados (TACC) y alimentos que pudieran estar adicionados de sus harinas.

Comparando los precios de las harinas y premezclas libres de gluten con los de las harinas comunes, se determinó el gasto adicional que una persona celíaca debe hacer para costear sus alimentos. El 70 por ciento de ese gasto adicional por mes es, según el estudio, de  $215, monto que están obligados a cubrir las prepagas y obras sociales y que debe ser actualizado periódicamente.